1) INFORMA y ORIENTA
a los consumidores/as y usuarios/as para el adecuadoejercicio de sus derechos.
2) LLEVA UN REGISTRO DE LAS QUEJAS, DENUNCIAS Y
RECLAMACIONES
de los consumidores/as y usuarios/as.3) REALIZA UNA MEDIACIÓN
entre el consumidor/a y la empresa o profesionalreclamado/a intentando conseguir que haya un acuerdo entre la empresa reclamada y
el consumidor/a.
¿Qué es la mediación?
La mediación es el procedimiento que se realiza con la intervención de una tercera
parte (OMIC) que pretende obtener una solución satisfactoria para ambas partes,
empresa y consumidor/a.
¿Qué pasa si la empresa reclamada no atiende la reclamación?
En el caso de que no sea posible alcanzar un acuerdo se remite la reclamación a las
entidades y organismos competentes dependiendo del tema que sea (telefonía,
seguros banca, inversión, transporte aéreo, transporte de mercancías, tintorerías,
vivienda etc). En algunos casos la entidad u organismo podrá adoptar una solución
que incluso podrá ser vinculante (en el caso de los defensores de la clientela de las
entidades financieras o de seguros) y en otros casos a los efectos de iniciar un
expediente sancionador.
4) FOMENTA EL ARBITRAJE DE CONSUMO
, como cauce de resoluciónextrajudicial de las discrepancias entre empresas y consumidores/as.
¿CÓMO SE PUEDE RECLAMAR?
La OMIC en el caso de que un consumidor/a reclame contra una empresa, un
profesional o comerciante:
1.En primer lugar le informará de sus derechos
2.En segundo lugar intentará alcanzar una solución satisfactoria para el consumidor/a
mediante una mediación voluntaria con la empresa.
3.En tercer lugar
, si dicha solución de mutuo acuerdo no fuera posible remitirá sureclamación al organismo competente o, si la empresa accediera a someterse a un
arbitraje de consumo, remitirla a la Junta Arbitral de Consumo.
¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR EN LA OMIC?
La persona física o jurídica que resulte ser el consumidor final del bien o servicio y sea
residente en el municipio de Palma.
Artículo 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores
y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/2007, de 16 de Noviembre: "
Son consumidores o usuarios las personas físicas ojurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional".
La OMIC no puede atender las reclamaciones o quejas entre particulares o entre
comerciales, profesionales, empresarios.
¿QUE DIFERENCIA HAY ENTRE QUEJA, DENUNICA Y RECLAMACION?
QUEJA:
Refleja un malestar o descontento por parte del consumidor, frente a unasituación determinada, no pretende una compensación.
DENUNCIA:
Cuando el consumidor informa de hechos que pueden ser consideradoscontrario a lo establecido en la normativa de consumo y, por tanto, ser sancionados.
RECLAMACION:
Cuando un consumidor solicita frente a una empresa o unprofesional una actuación determinada porque entiende que sus derechos no se han
respetado.
Fecha última modificación:20 de Agosto de 2013